Seminario de Administración de Tiempo

El tiempo es el recurso más democrático que existe. Todos tenemos 24 horas al día. Ni un minuto más. Ni un minuto menos.

La experiencia demuestra que lo que más stress causa a las personas es aquello que desean hacer con todo su corazón, pero no logran por falta de tiempo. Realmente no es falta de tiempo, sino mala administración del mismo.

Durante 10 años de ejercicio profesional como abogado, una industria famosa por cobrar por hora, me vi atrapado en tener que usar cada minuto «libre» bien. Eso me llevo a estudiar la administración del tiempo.
Se volvió mi pasión. Ahora le enseñaré los trucos que me tomó casi 8 años aprender.

Acompáñeme en el resultado de esta investigación sobre las estrategias, técnicas y fórmulas más utilizadas para aprender a administrar su tiempo.

¿Cuándo? Miércoles 30 de noviembre y miércoles 7 de diciembre de 2011.

¿Hora? de 8 a 12.

¿Lugar? Hotel Camino Real, salones La Ceiba.

Para inscribirse, comuníquese a Oserex con Eva María Peña al 23873450 o al correo: rr_pp@oserex.com o simplemente haciendo clic acá.

No es lo mismo

Hay cosas que simplemente no son lo mismo. Debemos distinguir y no andar sacando conclusiones con «suposiciones».

He andado sorprendido de la falta de profundidad de muchos profesionales cuando emiten su criterio. Realmente es molesto discutir con ladrillos que portan las orejas de asno. Sin embargo, en materias tan sencillas como Asambleas, se oye cada tontería, que mejor aclaramos para que no se los «baboseen».

Nuestra legislación mercantil establece dos tipos de Asambleas por razón de su contenido:

1. Ordinarias,

2. Extraordinarias.

Las primeras tratan de temas «ordinarios», comunes, de la administración que corresponden, por virtud de ley o de la escritura social, al máximo órgano de administración: la Asamblea General de Accionistas (si es sociedad de personas se llama Junta General).

Las extraordinarias, pues claro está, son las que tienen temas «extraordinarios», no usuales y de índole «eventual». Acá la ley ordena que se eleve el quórum y el porcentaje para tomar decisiones. Se tratan temas como la disolución de la sociedad, modificaciones al pacto social (escritura) y otros.

La ley también califica las asambleas, por razón de su forma de convocatoria o reunión, en «convocadas» o «totalitarias». La ley no le pone nombre a las asambleas convocadas, pues es la forma normal de llevar a cabo una asamblea. Así que se hacen las publicaciones, avisos por escrito, etcétera. Las totalitarias, por su parte, son las asambleas que se realizan cuando se encuentran presentes el 100% de las acciones con derecho a voto necesarias para tomar la decisión. Acá, cualquiera de estas dos formas puede desembocar en una asamblea general ordinaria o totalitaria.

Adicionalmente, nuestro código permite la celebración de asambleas especiales. Es decir, las que no son Generales. Las Generales son las que reúnen a todos los accionistas y son el órgano supremo de la sociedad. Las especiales son las que reúnen a un grupo, serie o clase de acciones, cuando se trata de asuntos propios o que le afecten directamente a ese grupo, clase o serie.

Vemos así que hay distintos nombres y clasificaciones, según a lo que se refieran cada una de las asambleas.

Esta distinción conceptual es importante, ya que se obliga o no al registro de las decisiones de la asamblea en el Registro Mercantil según el contenido de la misma. Así las ordinarias no se registran -sean convocadas o totalitarias- mientras que todos los temas de extraordinaria sí deben ser registrados.

Espero haber colaborado a romper la ignorancia crasa que existe en el medio respecto al tipo de asambleas.

 

Mario E. Archila M.

Jornadas Guatemaltecas de Derecho Tributario

El Derecho Tributario no es soplar y hacer botellas. Es una rama del Derecho compleja, por la cantidad de instituciones jurídicas que maneja.

El viernes 28 y sábado 29 de octubre tendrás la oportunidad de escuchar a 6 grandes conferencistas disertar sobre temas del Derecho Tributario que son más que interesantes. Empezará todo el viernes a las 2pm en el Hotel Princess (13 calle 7-65 zona 9) y concluirá con un almuerzo el sábado 29. No te lo puedes perder. Puedes ver el programa completo acá: IGDT

¿Cuáles son tus derechos constitucionales en materia tributaria? Ese tema inicia las jornadas a cargo del Dr. Hugo Rolando Escobar Menaldo, quien es actualmente Decano de la Universidad Rafael Landívar y doctorado en España, si la memoria no me falla. Esto será a las 3:15pm. Luego la palabra la tomará el Dr. Balladares, doctorado por Salamanca, quien hablará de la capacidad de pago y la reserva de ley. Ojos extranjeros viendo nuestra constitución. No me lo pierdo por nada.

A las 17:40, el Lic. Sergio Pineda, CPA y socio director de Grant Thorton Guatemala, hablará sobre el controversial tema de las NIC y NIIF en el ámbito tributario.

Para el sábado, almuerzo al concluir incluido, el Dr. Luis María Romero, autoridad a nivel mundial en Derecho Tributario, hablará de los mecanismos alternativos para resolver conflictos tributarios y la tutela del contribuyente. Este le interesa a todos.

Por Guatemala, se presentará el Dr. por la Universidad de Salamanca, Juan Carlos Casellas, con el tema de las mixtura de potestades en procedimiento de recaudación tributario.

El famoso Dr. Raúl Rodriguez Lobato de México hablará de la Fiscalización Tributaria, para que luego el presidente del Instituto Guatemalteco de Derecho Tributario haga las palabras de clausura y nos invite a almorzar.

Todo por solo Q500.00. Inscríbete en el Instituto, llamando al 23337045. El cupo es limitado. Marnie Godínez tomará tu inscripción.

Reforma fiscal en Guatemala 2/2

Ya cantaron Ali Babá y sus cuarenta ladrones. Dijeron «Ábrete Sésamo», con lo que las arcas del Estado tienen excusa para abrirse al despilfarro.

No es la intención de muchos de los firmantes, pero están abriendo la puerta para una aplastante reforma fiscal, que nos ponga a todos, de patitas en la calle.

El tema fiscal no es un tema de «presupuesto de Estado», como tiende a verlo el asesor de gobierno. Recordemos que la Superintendencia de Bancos, Bancos Centrales, Ministerios y Secretarias -Economía y Finanzas- etc., son lugar de trabajo de los funcionarios que se asesoran por estos «bien intencionados profesionales». Muchos de ellos, se quedarían sin trabajo, si estos organismos no existieran. Pero la historia demuestra que no son necesarios para existir. Lo digo totalmente convencido y no voy a entrar ni siquiera a responder comentarios sobre por qué, pues la historia lo demuestra.

El tema fiscal es un tema moral, principalmente. Moralmente, el cobro de una exacción de dinero, sólo se justifica si el obligado está dispuesto a pagarlo. Si no, es simplemente un robo.

Usted evidentemente estaría dispuesto a aceptar que si sale un decreto por el cual hay que dar muerte a todo aquel que mida menos de 1.85mts, la cosa no está muy «legal». Estoy seguro que no me saldría con el aforismo aquél de «dura lex est lex», ya que quedaría como genocida o similar de apoyar tremenda estupidez. Es lo mismo con venir y decir que los impuestos hay que pagarlos simplemente porque son leyes.

Entramos así a la carnita del asunto. Al meollo. A lo puro bueno. No se vale proponer que se suban impuestos, se cobren más impuestos, se ajusten más personas, se fortalezca a la SAT, Policía, IVE y demás hierbas, para subir los ingresos del Estado.

En buen chapín -guatemaltequismo-, los ingresos del Estado «PELAN», son los ingresos de cada persona, de cada ciudadano, de cada trabajador, los que deben ser asegurados. Así que las políticas fiscales no deben ir a asegurar los ingresos para el «Estado» (gobierno en cualquier denominación de funcionarios), sino a garantizar que usted, su hermano y hermana, sus tíos, primos, abuelos y padres, e hijos en el futuro, tengan una mejor posibilidad, mejor calidad de vida, mejor y mayores oportunidades. En concreto, que sean cada generación, más ricos que la anterior.

Con ello dicho, hay varios paradigmas ridículos, tomados como dogmas para justificar pedir una reforma que busca resolverle un problema en el que nos metieron los mismos burócratas: hay que eliminar el déficit y para ello, hay que cobrar más tributos.

Momento. ¿El déficit lo crearon los burócratas a los que ahora hay que darles más dinero para que resuelvan el problema que ellos mismos crearon?

No sé usted pero es como haber mandado a hacer una auditoría externa a su empresa, encontrar que el Gerente General le robaba y todavía darle un premio y aumento de sueldo.

El déficit fiscal debería ser cobrado a los funcionarios que lo causaron. No sabemos quienes fueron, entonces, tampoco me lo cobren a mi. Suficiente tengo con mantener a mi familia en esta situación de caos económico.

Segundo paradigma. Si el Estado no tiene déficit, seremos más ricos. Eso es cierto, únicamente, si nunca causamos déficit en primer lugar. Si ya lo causamos, ya nos «jodimos». Salir del déficit no nos hará ricos. Dejar de causarlo y crear las condiciones para que la recaudación voluntaria llegue a los niveles de «superavit», sí, pues esas condiciones son las que están haciendo que usted y yo, cada día, junto con los otros 13,999,998 guatemaltecos, seamos menos pobres (más ricos, pues).

Ya había mencionado Hong Kong. Crece desde hace mucho a 8.2% anual. Carga tributaria igual que la guatemalteca. Nosotros, con suerte, cada año salimos tablas (http://www.elcato.org/publicaciones/articulos/art-2005-03-21.html)

Usted está a punto de votar… así que piense, como Carlos Alberto Montaner lo dijo, que: «En nuestro sistema democrático la idea de que existe y se percibe un bien común es una falacia. Lo que existe es intereses particulares, defendidos a dentelladas por los grupos de presión con algún acceso al poder.» (Haga clic para ver el artículo completo).

No le parece el uso del presupuesto: vote por quien lo bajará y eliminará. ¿Hay alguno? Bien, ése es su trabajo. Aumentar la deuda pública nunca es bueno. No hay ningún «número mágico» que le permita a un país endeudarse para salir adelante. Le están quitando igual dinero a usted. La deuda, siempre, es déficit fiscal.

Es que la democracia debe ser como en Suecia. Los países nórdicos son lo que la «democracia» representa. Bien, no lo digo yo, lo dice un diputado sueco: «Veamos: Suecia duplicó su carga tributaria entre 1960 y 1989 (del 28 al 56% del PIB). Durante 1960 y 1980, el gasto público pasó del 31 al 60% del PIB y el empleo público como porcentaje del total de la fuerza laboral se triplicó. La adjudicación de más y más responsabilidades exclusivas del Estado sueco (léase monopolios estatales) resultaron en que el país se convirtió en “el paraíso de la producción en masas, ya sea de automóviles, viviendas, educación o salud”.

Pero el modelo era insostenible y eso se volvió dolorosamente evidente entre 1991 y 1993, periodo durante el cual se perdieron medio millón de empleos y el PIB sufrió una pérdida acumulada de un 6%. El gasto público se disparó a un 72,4% del PIB.»

De ello, tal como ahora hacen los suecos, en Guatemala, debemos de estar dejando de apuntar a la «democracia», para apuntarle a la República. Con ello, la reforma fiscal buscada, no será «aumento de impuestos», sino lo contrario. Control de los gastos y mecanismos para forzar presupuestos balanceados hasta superavit por ley, de modo que se busque elevar el ingreso per capita, no la recaudación según PIB. La columnista citada lo dijo para Ecuador: «Lo que los ecuatorianos debemos entender es que si hasta la supuesta “utopía socialista” del mundo (1) elimina monopolios estatales, (2) tiene un estado descentralizado y (3) rebaja impuestos, algo está verdaderamente mal con el socialismo colectivista y centralista que ha existido en nuestro país y que amenaza con radicalizarse.»

Estoy trabajando en una propuesta de ISR para Guatemala, misma que será publicada acá en breve.

Mario E. Archila M.

Lo digo y qué…

Se suscitó una «controversia» Twitera (¿Me sigues? Haz clic acá) sobre qué es libertad de expresión y hasta dónde existe el derecho.

Libertad de expresión, evidentemente es decir lo que se me pegue la gana. Evidentemente también, eso hace que me vuelva «esclavo» de mis palabras. ¿Qué quiere decir esto? Yo digo lo que quiera y cualquier persona que me escuche tiene el derecho a decir que estoy equivocado, mintiendo o en falsedad. Estar de acuerdo, aplaudirme o aprobarme.

En los primeros casos, entraremos en un «debate». Será cuestión de probar cada cual su dicho, usar la cabeza y descubrir la verdad. Es lo lindo de la libertad de expresión. En el segundo caso, se hace mi cómplice y estará sujeto a la disidencia de algún tercero.

Distinto, claro está, es el caso que yo diga algo contra la dignidad de una persona. Ese campo sale de la libertad de expresión y entra en lo que se conoce como delitos contra la dignidad de la persona, precisamente. Insultar, difamar, calumniar a alguien es un límite legítimo a la libertad de expresión que una vez violentado, merece alguna pena y hasta reparación pecuniaria.

La libertad de expresión implica que oiremos cosas con las que no estemos de acuerdo. Eso es libertad de expresión. Se garantiza que tú digas cosas con las que yo no esté de acuerdo.

La libertad de expresión es positiva: decir lo que me venga en ganga. Tiene a su vez el lado contrario: el derecho a no decir nada. No es obligación hablar. Es obligación responder de lo dicho. Insultaste, calumniaste o difamaste: RESPONDE. Paga con el delito y por los daños.

No debe confundirse la responsabilidad de «expresarse», con el derecho a permanecer callado o a no «autoincriminarse». Son cosas distintas en ámbitos diferentes. El primero deriva de poder decir cualquier cosa y exponer mis ideas. Quedo, como lo expresé, atado a dichas palabras y sus consecuencias.

El segundo es una garantía judicial. Es que mi «confesión» no debe ser necesaria en un juicio. Debo saber que no me pueden obligar a declarar contra mí o mis parientes. Se busca que realmente se pruebe un delito y no se busque la confesión a como dé lugar.

En Twitter se hablaba que una persona en un medio de comunicación debía ser más cauteloso que un «simple mortal». No se niega, siempre que la cautela sea a transmitir hechos verídicos. No puede ser cautela simplemente por miedo.

Si un comunicador, celebridad o cualquier persona, por miedo a represalias calla su sentir, su opinión y la VERDAD, estará condenada dicha sociedad a vivir en la sombra, sosiego y aplastada. La libertad de expresión es una garantía a que la sociedad descubra la verdad. Callar por miedo a represalias -no a acciones legales responsables- es síntoma de una sociedad enferma, en deterioro.

El miedo a expresarse es el síntoma de vivir en un mundo intolerante, irrespetuoso de la vida y dignidad, autoritario y superficial. Un mundo sin capacidad de diálogo y con desprecio a la verdad.

Así que diga lo que quiera, solo respete la dignidad de los demás. Esa se respeta mucho mejor, cuando usted sólo habla la verdad y habla de los hechos, no con alusiones personales, denigrantes o irrespetuosas. Cuando saca de su mente los clichés, los «modelos» y los prejuicios. Cuando abre también su mente a las diferencias y se permite escucharlas.

Sepa que cada palabra pronunciada es un lingote de oro o un eslabón en una cadena. Usted escoge.

 

Mario E. Archila M.

Reforma Fiscal en Guatemala 1/2

Recurrente tema en la política guatemalteca. Posturas de posturas. Siempre causa salpullido en uno y otro bando, aunque al final le echan porra todos al mismo resultado.

¿Es necesaria una reforma fiscal en Guatemala? Por supuesto. Pero tanto la «derecha» como la «izquierda», claman por una reforma que en el fondo es lo mismo que tenemos hoy.

Creo que ya dije que los números, las estadísticas, se pueden manejar para justificar cualquier posición. He allí el primer gran problema de clamar por la reforma fiscal. Y en materia impositiva, los paradigmas mandan. No la verdad.

La reforma fiscal que se pretende en Guatemala parte de la premisa que el 12.6% del PIB es insuficiente para sacar a Guatemala de la pobreza. Que el instrumento principal para salir de pobres es la intervención gubernamental, la “redistribución” y la políticas públicas, para lo que es necesario, imperioso y urgente, que Guatemala recaude más impuestos. Salen, derecha e izquierda, enarbolando sus estadísticas y comparaciones: “Guatemala tiene una de las cargas tributarias más bajas de Latinoamérica” y concluyen al unísono, URNG, gobierno socialdemócrata, Banco Mundial, ONU y ENADE, con bombos y platillos “Hay que aumentar la recaudación”.

Vea pues cómo la carga tributaria actual de los demás países nos debería importar tanto como la constitución Política de la República le importa a los gobernantes y políticos, para, como ciudadanos, empezar a exigir que nos hablen con la verdad. Así que responda a esta pregunta que lanza Peter Bauer:

“¿Cómo evaluaría usted las posibilidades económicas de un país asiático que tiene muy poca tierra (y ésta  consiste en  montañas erosionadas), que realmente es el país más densamente poblado del mundo; que  tiene una población que ha crecido rápidamente, tanto por el aumento natural de la población como por la inmigración en gran escala; que importa todo su petróleo y todas sus materias primas y además mucha de su agua; que tiene un gobierno que no está involucrado en la planificación de su desarrollo y que no ejerce ningún control sobre el tipo de cambio ni restringe las exportaciones e importaciones de capitales; y que es la única colonia occidental de alguna importancia?”

Realmente piense que sería de un país así. Una roca sin agua en el pacífico. Sin recursos naturales importantes. Condenado a la pobreza. Deben establecer una carga tributaria similar a los países “desarrollados” para dejar de pobres. Hoy día, crece a un extraordinario 8.2% anual de PIB y presenta un ingreso per capita de US$42,000 anuales. Pues ese país es Hong Kong y tiene una de las cargas tributarias más bajas del mundo. Tiene únicamente un impuesto (sobre la renta) bajo sistema de fuente territorial, con una tarifa única de 15% para corporaciones; 16.5% para entidades no incorporadas y 15% para salarios. No hay más. Su carga tributaria es de 12.8% sobre su PIB. Guatemala tiene 12.6%, pero un crecimiento económico del 2.2% y un ingreso per capita de US$5,200; casi 8 veces menos. ¿Está bien eso?

Peter Bauer en el mismo artículo, responde a la pregunta planteada por él: “Usted probablemente pensaría que dicho país está condenado [a la pobreza], a menos que recibiera una enorme ayuda externa. O dicho de otra forma, eso es lo que usted debería creer, si creyese lo que los políticos de todos los partidos, la ONU y sus organizaciones afiliadas, los economistas prominentes, y la prensa de calidad dicen acerca de los países menos desarrollados. ¿Acaso los economistas de desarrollo del Instituto Tecnológico de Massachussets no han dicho categóricamente sobre los países menos desarrollados que la escasez general relativa a la población de casi todos los recursos crea un círculo vicioso de pobreza que se auto-perpetúa? El capital adicional es necesario para aumentar la producción, pero la pobreza en sí hace que sea imposible poder llevar a cabo el ahorro y la inversión requeridos para una reducción voluntaria en el consumo.”

Bajo los parámetros usuales de estos señores -ONU, economistas “mainstream”, políticos y analistas de prensa- Guatemala está condenado, como país, a ser pobre si no se sube la recaudación.

Surgen así las propuestas de «derecha» y de «izquierda» en cuanto a la tan solicitada «Reforma Fiscal». Son basadas en supuesta evidencia empírica y comparativa. ¿Pero es la verdad?

Juan Carlos Hidalgo del Cato Institute, pone en duda esos números, haciendo una comparación mucho más amplia. Lea el artículo acá. Este investigador, declara en dicho artículo que: «Resulta paradójico además que Guatemala, uno de los países con la carga tributaria más baja de la región, cuente con tipos del impuesto de renta corporativo y personal claramente superiores a los de Brasil, la nación con la carga tributaria más alta. Ambos países cuentan además con un tipo de IVA que es similar. Esto demuestra qué tan viciado es el indicador de la carga tributaria.» Además que Brasil no es un país con los mismos niveles de desarrollo que Hong Kong y aunque su crecimiento es de 7.5% anual, tiene un ingreso per capita de solo US$10,200 anuales. Gran diferencia, principalmente si vemos que su carga tributaria es de 35.8% del PIB. Logran menores resultados que Hong Kong y son casi 4 veces más caros… ¿No tiene lógica, eh?

Este punto es vital para entender que cuando se pretende una reforma fiscal en Guatemala, este detalle pasa por alto. Se quiere aumentar la recaudación y para ello se sale con temas como «evasión», «elusión», etcétera, sin ver que el mayor problema no es «lo fiscal», sino la existente carga en los que sí pagan. Más claro: Si usted paga impuestos en Guatemala, paga los tipos impositivos de un país de primer mundo, pero recibe un Estado de tercera. ¿Es problema de carga tributaria? No, es problema de base y sistema que omite los principios constitucionales reales.

Milton Friedman, Premio Nóbel de Economía, relata Hidalgo, va más allá y advierte que “el tamaño del Estado no se determina únicamente por lo que está registrado como gasto gubernamental sino también por las reglas y regulaciones estatales”. Es así que conforme al estudio “Haciendo Negocios” del Banco Mundial, se encontró que 5 países de la región cuentan con las regulaciones más ineficientes del planeta. ¿Se atreve a decir cuáles?

  1. Paraguay,
  2. Costa Rica,
  3. Venezuela,
  4. Bolivia y
  5. Guatemala.

Así que tenemos en estos países un sector informal que emplea entre el 40% y 65% de la población económicamente activa. Ese peso no se cuenta en la carga tributaria. En las múltiples informaciones, he llegado a escuchar que Guatemala tiene un sector informal del 85%. Pero usemos estas cifras del Banco Mundial: 65%, que es lo que algunos empleados de SAT me han confirmado. Eso implica que únicamente 45% de la población tributa. “¿No, el IVA lo pagan todos?”, gritan los que viven de los impuestos o sacan ventaja de ellos. Pero vea cómo el IVA no lo pagan todos:

Usted es “formal” importador. Paga IVA en la frontera. Trae su producto. Lo vende a un “formal” intermediario, que lo comercializa en las “subdistribuidoras”. El subdistribuidor, aunque “negocia” no querer factura, se topa con que el “formal” intermediario, exige vender con factura. Este subdistribuidor, paga el IVA y es la última transacción que paga IVA. El subdistribuidor la vende a subdistribuidores informales más pequeños, quienes lo venden a tenderos y puestos y llega al público, con un ahorro de 12% frente al “formal”, desde hace 3 transacciones. El mercado informal genera riqueza que no paga impuestos y el público consume sin impuestos. No hay recaudación de IVA ni ISR. NO TODOS EN GUATEMALA PAGAN IMPUESTOS, aunque quieran vendernos que sí.

Bien, con este punto aclarado, nos queda hacer el cálculo que iba a pedirle hiciera: 35% de la población paga el 12.6% del PIB. 12.6% que se mide respecto a la producción completa, al 100%. Si divide 12.6% en 35% de la población, obtendrá la carga tributaria “real” del sector “formal”… listo: 36% y si el sector informal crece a lo que han calculado muchos, 75%, sólo 25% de la población paga impuestos, con lo que la carga es realmente de 50.4%.

¿No le da miedo y escalofríos? Recientemente en un proceso que estamos defendiendo en la firma, calculamos que un cliente, si hubiera pagado el Impuesto a la Empresas Mercantiles y Agropecuarias y el Impuesto Sobre la Renta, en dicho año (no pagó el Impuesto a la Empresas Mercantiles y Agropecuarias, por caer en una exención que SAT no quiere aceptar), estaría pagando 96% de sus utilidades en ese año. Eso es una carga tributaria del año de 96%. ¿Justo?

Entonces, ¿qué tipo de reforma fiscal requiere Guatemala?

Una que permita crecer al país.

Vea estas gráficas interesantes elaboradas con datos de CEPAL.

Cuadro No.1TARIFA DE IVA MAYOR A LA COLOMBIANA(Diciembre de 2002)
PAÍS TARIFA RECAUDO (%PIB)
Uruguay 23% 12.0%
Argentina 21% 6.0%
Brasil 20.48% 2.5%
Chile 18% 11.9%
Perú 18% 7.0%
Venezuela 15.5% 6.6%
Colombia 15% 7.0%
Cuadro No.2TARIFA DE IVA MENOR A LA COLOMBIANA(Diciembre de 2002)
PAÍS TARIFA RECAUDO (%PIB)
Panamá 5% 4.7%
Rep. Dominicana 8% 11.0%
Guatemala 10% 7.4%
Haití 10% 6.0%
Paraguay 10% 8.1%
Honduras 12% 12.8%
Ecuador 12% 10.0%

¿Ve la relación entre ambos? A una menor tarifa de IVA, usualmente hay una mayor recaudación. Lo mismo sucedería con una tarifa reducida de Impuesto Sobre la Renta. Los datos son los vigentes para el año 2002. Ahora en Guatemala el IVA es 12% y seguro habrá cambios de tarifas en otros países.

Debemos ver primero, para establecer el nivel deseado de recaudación, cuáles son, como dice nuestra propia Constitución, “las necesidades del Estado” (artículo 239 de la Constitución Política de Guatemala), para determinar cuál será el máximo nivel de gasto del Estado. Es así que, como dice Hidalgo en el artículo ya citado: “Se ha sugerido que una mejor manera de calcular la carga fiscal del Estado es a través del gasto gubernamental. Tarde o temprano todo gasto debe ser cubierto con impuestos, sean éstos presentes o futuros. En un estudio de las economías de la OCDE y 60 naciones alrededor del mundo, James Gwartney, Randall Holcombe y Robert Lawson encontraron que “el nivel de gasto del gobierno que maximiza el crecimiento, no es mayor que un 15% del PIB”—y “cuando el ámbito del gobierno se expande más allá de ese nivel, hay un impacto negativo en la riqueza de las naciones”. El gasto público de los países latinoamericanos es de aproximadamente un 24% del PIB.” Esto se mide utilizando la famosa curva de Laffer. Se la dejo a los economistas, pero simplemente indica que a una menor tarifa impositiva, en ciertos niveles, puede lograrse una mayor recaudación. Es claro que debe considerarse que a una menor tarifa, puede lograrse un mayor incremento económico, es decir, mayor riqueza y por ello, mayor cantidad de ingresos al gobierno. Hong Kong recauda 8% más cada año con su impuesto único de tarifa única y baja de 15%.

Pedirle a un país pobre que suba niveles de tributación, “porque así lo hacen los países vecinos o los países desarrollados”, olvida un elemento histórico importantísimo. Esos países ricos no se hicieron ricos con altas tasas de impuestos. En EEUU, por ejemplo, el impuesto a la renta se creó en el siglo XX, pero para ese momento, ya era “rico”. Igualmente Europa. Hong Kong es rico, sin altas tarifas impositivas.

Lo que los pobres debemos copiar es lo que los ricos hicieron cuando eran pobres. Hidalgo señala que “Aún así, la pesada carga de niveles impositivos tan confiscatorios ha pasado su factura en las economías desarrolladas. El crecimiento económico de los países europeos se encuentra prácticamente estancado. Por ejemplo, el sector privado sueco no ha creado nuevos puestos de trabajo desde 1950. Otros países europeos se han enfrentado a esta dura realidad y han tenido que bajar sus cargas tributarias con el fin de reactivar sus economías letárgicas. Entre 1996 y el 2003, Bélgica, Dinamarca, Grecia, Islandia, Italia, Luxemburgo, España, Portugal y Alemania han reducido considerablemente los impuestos.”

¿Qué los hace ricos y a nosotros pobres? Hidalgo vuelve a apuntar acertadamente: “Estos tipos impositivos elevados, aunados a las excesivas regulaciones, aumentan los “costos de legalidad”, es decir, los costos que implica mantener un negocio al día con todas las regulaciones e impuestos que demanda el Estado. Es así como se presenta un círculo vicioso: conforme más gente opta por la informalidad debido a los altos impuestos, los ingresos del gobierno disminuirán, por lo que habrá presión para que los tributos que se le cobran a los negocios formales sean más altos, lo que conducirá a mayor informalidad aún.” Ya vio que somos uno de los 5 Estados con las regulaciones menos eficientes de la región. Ese hecho sí nos hace pobres, no cuánto pagamos de impuestos.

Guatemala tiene tasas de primer mundo y Estado en trapos de cucaracha. ¿Usted no paga más de lo que cree que vale un vaso de leche, simplemente porque alguien lo quiere obligar? Comprará otra cosa. Lo mismo sucede con el Gobierno. Le presionan los altos costos de legalidad, por lo que optará por la ilegalidad. Apretar la tuerca no sacará al país de pobre. Al contrario.

Bauer, citado arriba, nos explica que un estudio de alguien que conocía muy bien el tema, publicado en la Universidad de Chicago, explicó las razones del crecimiento y éxito de Hong Kong: “Rabushka analiza los procesos y métodos por los cuales en menos de 140 años, unas cuantas rocas vacías y estériles se convirtieron en un gran centro industrial de comercio y finanzas con cerca de cinco millones de personas. Él le atribuye esta historia de éxito económico a las aptitudes de las personas y a la adherencia a las políticas públicas adecuadas. La empresa, el trabajo duro, la habilidad de detectar y utilizar las oportunidades económicas, son extensas en una población que es china en un 98 por ciento, que está concentrada determinadamente en ganar dinero día y noche. Muchos son inmigrantes que trajeron habilidades y empresa más que nada de China, especialmente de Shanghai, el olvidado lugar de habilidad y empresa ubicado en el centro de China. Las políticas enfatizadas por Rabushka son el conservadurismo fiscal; los impuestos bajos; el cobro de precios de mercado por ciertos servicios gubernamentales; la política liberal de inmigración, al menos hasta hace poco; el libre comercio en ambas direcciones; el movimiento sin restricciones del capital entrando y saliendo del país; la participación mínima del gobierno en la vida comercial, incluyendo la resistencia a conceder privilegios a los intereses seccionales. No hay incentivos especiales o barreras a la inversión extranjera, no hay insistencia en la participación local de las empresas extranjeras. Tampoco hay feriados de impuestos o cualquier otras concesiones especiales para la inversión extranjera, pero de igual manera no hay restricciones por sobre el retiro de capital o sobre la remisión de ganancias. Estas políticas liberales, notablemente la libertad para retirar el capital, fueron diseñadas para fomentar el flujo entrante del capital y la empresa productiva, lo cual de hecho lo lograron.”

La salida de la pobreza nunca ha estado en un Estado con gobierno pesado. Siempre ha sido “a pesar del gobierno”. Lo subrayado es la salida a la pobreza. La Reforma Fiscal debe ir a concentrar el gobierno en esos deberes esenciales: seguridad jurídica, certeza en el castigo al transgresor y no intervención en las esferas privadas.

Mario E. Archila M.

5 puntos para escoger tu defensa fiscal

La asesoría profesional es de lo más complicado de ubicar y decidir. ¿Cómo sé a quién contratar para defenderme en un caso tributario?

Bien, le daré algunos consejos, pues resulta que hay distorsiones en cuanto lo adecuado en una materia tan compleja. Uno de los grandes errores en la concepción de la defensa fiscal, es que se trata de asuntos «contables». He visto muchas «defensas» que pretenden «arreglar» la contabilidad que dio origen al problema inicial. Eso desencadena problemas futuros que eran fácilmente evitables, si se hubiera realizado un análisis integral en el principio. No le pregunte a su contador «cómo salir del problema». Pregúntele a quien en última instancia lo puede sacar del problema, qué hacer.

Dado que usualmente la defensa fiscal se considera «contable», nos encontramos que se cometen los usuales errores al momento de escoger la asesoría para la defensa.

1. Separe. No lo puede defender el mismo que le opera la contabilidad, ni el que lo audita. Ellos serán soporte para entender las operaciones contables, recopilar la información, dar una visión de lo que se encuentra en los archivos de contabilidad. No son los adecuados para defenderlo. Ya en algunas ocasiones, se pretende que el defensor acople lo que ellos quieren presentar como defensa, pero lo único que están haciendo es repetir el criterio del momento en el que hicieron la operación. No crea que se lo digo porque dude de la calidad de los profesionales que hacen para usted ese trabajo, sino que no es lo mismo ver el problema desde una perspectiva más amplia, que cuando uno está «dentro del embrollo». Naturaleza humana. Estarán prejuzgados a que lo que le recomendaron en el inicio, se defiende por las mismas razones por las cuales se hizo o dejó de hacer.

Un maestro con el que estudié comunicación dijo que «No puede verse la etiqueta de la botella si uno está dentro», Roy H. Williams (www.elmagodelapublicidad.com) Él, obviamente, es consultor de negocios muy reconocido.

2. No es trámite, es defensa. La defensa fiscal es un proceso artístico en cuanto a que se requiere plantear posibilidades. Un proceso intelectual de transmitir un argumento con la capacidad de derrumbar las preconcepciones que los Magistrados tienen por casos previos. Requiere una habilidad particular: capacidad de persuasión en la redacción.

Un ilustre jurista guatemalteco -el Doctor René Villegas Lara- cuando me impartió cursos en un programa doctoral, contaba que uno de sus más recordados maestros en la escuela de derecho le decía en materia del Derecho, no bastaba tener la razón, sino demostrarla y que se la otorgaran.

Esto es conocer el Derecho, conocer y probar los hechos y convencer al juez. El manejo de la prueba es vital. No utilice profesionales de otras áreas para defender un caso de Derecho Tributario. Use abogados tributaristas. La prueba en los procesos tributarios no es igual que en los procesos civile, penales o laborales. No es una prueba para auditar estados financieros. Es una prueba jurídica extraída de hechos contables, mercantiles o profesionales.

Un abogado de divorcios lo divorciará, pero no es el adecuado para determinar el hecho generador del impuesto sobre la renta. Tampoco un abogado tributarista podrá ayudarle en un caso de tránsito. Si tiene un accidente de tránsito, no me llame; llame a su seguro o un abogado de tránsito, ya que de eso sí no sé.

3. Conozca a quienes le darán la razón. Si va a hablar con médicos, utilice de intérprete un médico de su confianza. Si necesita hacer una película, para contratar a los actores, pida a un director de casting que los entreviste. Si va a defenderse en última instancia en un caso judicial, busque un profesional que utilice el mismo lenguaje que los jueces.

Un abogado usualmente es tiene un mundo ideal en su cabeza. Poseemos, casi por definición, un temperamento competitivo: solo él tiene la razón. Los abogados estamos para «defender la justicia». Nuestra justicia. Busque en Google qué quiere decir «Temperamento NT según el test Myers Briggs» y verá lo que digo.

Ese perfil es el que se repite en los magistrados que resolverán su caso. ¿Sabe su asesor como hablarle a dichos temperamentos?

4. No es lo mismo… «asiento» para el lego que para el abogado. El «asiento» es una palabra que le podrá causar risa, repulsión o curiosidad, si no es abogado. Para un abogado, asiento se refiere al ingreso de algún dato en un acta o documento oficial: Asiento Registral.

Es así que zapatero a tu zapato. Si va a defenderse de un ajuste fiscal, considere que es un juicio. Todos y cada uno de los juicios es distinto a los demás, aunque el tema sea similar, parecido, análogo y conocido. Debe llevarse por completo el diseño de la defensa. Como la palabra «asiento» tiene un significado particular en la jerga de los abogados, también existen reglas particulares para interpretar normas. Recuerde usted que es un sistema cerrado, hermético, en el que no hay nada sin regular, aunque no haya norma expresa.

Esa labor de conectar los puntos, determinar cuál norma es superior, particular, general, especial y posterior; qué parte de la ciencia está incluida en el término y hasta dónde llegan esos términos en un particular caso, implica el conocimiento de dicho sistema jurídico.

Le he de contar que un caso reciente que llegó a mi despacho, la defensa era tan focalizada que dejó de lado, en buena fe, las consecuencias penales de lo que estaba diciendo. Logramos enmendar el procedimiento y el Directorio de SAT cambió argumentos. Eso nos abrió una segunda posibilidad de defensa, eliminando el riesgo penal que la primera estrategia había empezado a provocar. Desde un inicio SAT no tenía razón, pero al defenderse, viendo la etiqueta desde adentro, se respondieron preguntas que nadie estaba haciendo, abriendo la posibilidad para un proceso penal.

5. Primero, lo primero. El Derecho Tributario no es regulación para emitir sus facturas. Es derecho constitucional desarrollado en la ley. ¿Qué quiere decir? Usualmente hay argumentos de principios involucrados. Precedentes constitucionales, libros, autores importantes que son respetados en Guatemala, técnicas de interpretación constitucional que difieren de lo que se maneja a nivel «operativo» en el pago de impuestos. Toda argumentación debe empezar y concluir en la Constitución.

Mario E. Archila M.