Las agendas, las prioridades

En el mundo de las prioridades se demuestra quién es qué o mejor dicho qué es quién. Uno no es lo que dice, sino lo que hace, como definición de prioridades. El que trabaja «por sus ideales» demuestre esos ideales con cada acción. La agenda denota qué es importante para ti. Trabajar, la familia, los hobbies, los ideales, todo se refleja en la escogencia diaria sobre el uso de cada minuto. Algunos dirán que eso es posible para algunos pocos, no para todos, pues las circunstancias son distintas, sin embargo se puede lograr. Claro, algunos la tendrán más fácil que otros, como todo en la vida. 

Sugiero que busque el libro «The 4 Hour Workweek» que explica cómo se puede lograr. Muy buenos tips, aunque el punto de estas líneas va más allá. 

Estamos en un momento bastante complicado en lo político. Es un momento en el que no encontramos la salida a los problemas de corrupción. Muchos quieren tener un puesto público, sin embargo, ninguno de ellos presenta planes reales para implementar en el gobierno. Es más de los mismo. 

También estamos ante un nivel de indignación enorme por esa descarada corrupción. Es allí donde la agenda diaria, los actos de cada uno de los candidatos son importantes. 

Podemos establecer una proyección de qué será lo verdaderamente importante para alguien si conocemos su pasado; las decisiones que tomó anteriormente. 

Investiguemos como verdaderos ciudadanos sus lealtades y fidelidades. Candidatos con infidelidades matrimoniales conocidas, por ejemplo, son indicios de falta de lealtad, de falta de visión de largo plazo. Candidatos con acusaciones de «negocios shucos», con fama de «mordelones», con actitudes prepotentes o de «humos subidos», son indicios de autoritarismo; candidatos con aires de grandeza, mesiánicos, son propensos a megalomanía. 

Busque qué han hecho en el pasado; a qué se dedicaron; de qué viven ahora. 

Hagamos nuestro trabajo de ciudadanos sin dejarnos llevar por los discursos, sino que basemos nuestras decisiones en hechos más concretos. 

Mario E. Archila M. 

Asamblea Nacional Constituyente… ¿Necesaria?

Mucho se ha dado luego de la inicial crisis de corrupción por el caso de “La Línea”. Agregamos a dicho caso el caso “IGSS” y el caso “Agua con Sal”. Es sin duda el mayor descubrimiento claro de corrupción en nuestra historia. Anteriormente, puras conjeturas y sospechas sin acciones en tribunales. Ahora, a esperar culpables y más “casos”. De ello, muchos escenarios poco claros. Lastimosamente, nuestras autoridades no respondieron políticamente a tiempo, con la humildad de aceptar el error y empezaron a dar gritos desesperados, exacerbando la crisis. Tengo, casi, el convencimiento pleno que si la señora Baldetti hubiere renunciado inmediatamente al regresar a Guatemala -por su responsabilidad administrativa y política en la designación del prófugo Monzón- y el Presidente hubiere requerido poner a disposición los cargos de ministros y presentar su renuncia al pleno -que podía ser “revocable” o “sujeta a aceptación” del Congreso- cuando inmediatamente se eligiera Vicepresidente nuevo, los ánimos estarían más calmados y permitirían mejor la reflexión cerebral y no visceral. Errores políticos, muchos. Buscar una terna mal integrada y tan cercana a los propios focos de corrupción para que se eligiera nuevo Vicepresidente, era ya un problema, no digamos que se cambiara la terna tres veces.

Lo pasado, pasado, pero ahora tenemos ánimos caldeados, enojos y frustraciones a flor de piel. Tanto que se piden varias cosas por varios actores. Mucho desde el fervor que causa la indignación. Está bien indignarse, pero debemos poner en el congelador las emociones y meditar qué causa el problema y cómo lo vamos a resolver como “Nación”.

Una propuesta que está fuera de lugar es convocar a una Asamblea Nacional Constituyente. ¿Por qué digo que está fuera de lugar? Porque el problema no es TODA la Constitución, sino que partes de la misma que pueden ser corregidos con reformas parciales o bien, con reformas legales.

¿Cuál percibe usted como un problema real para tener tanta corrupción? Si no responde que parte del problema es la clase política actual, los diputados, los partidos, los funcionarios por elección y los que se colocan en cada cambio de gobierno, como ministros y viceministros, no se ha enterado bien de qué es la problemática que tenemos. El principal problema es que la clase política tiene dentro de sus miembros, personas que hacen, fomentan y buscan enriquecerse con el erario público.

Entonces vea el problema de pedir una Asamblea Nacional Constituyente: “…es indispensable que el Congreso de la República, con el voto afirmativo de las dos terceras partes de los miembros que lo integran, convoque a una Asamblea Nacional Constituyente. En el decreto de convocatoria señalará el artículo o los artículos que hayan de revisarse y se comunicará al Tribunal Supremo Electoral para que fije la fecha en que se llevarán a cabo las elecciones dentro del plazo máximo de ciento veinte días, procediéndose en lo demás conforme a la Ley Electoral Constitucional.” (Artículo 278). Y el 279 que establece: “Las calidades requeridas para ser diputado a la Asamblea Nacional Constituyente son las mismas que se exigen para ser Diputado al Congreso y los diputados constituyentes gozarán de iguales inmunidades y prerrogativas… Las elecciones de diputados a la Asamblea Nacional Constituyente, el número de diputados a elegir y las demás cuestiones relacionadas, con el proceso electoral se normarán en igual forma que las elecciones al Congreso de la República.”

Así que la Asamblea Nacional Constituyente es darle carta blanca al actual Congreso para que convoque, para lo que quiera, y sean los mismos partidos políticos actuales, con la misma composición de clase política y con la misma manera de elección, quien decida qué y cómo se harán los cambios.

El primer cambio, por tanto, es una ley Electoral que fomente un cambio en la forma de elección. Quitar el monopolio participativo a los partidos políticos; que las elecciones sean por cambios parciales en la integración del congreso. Decidir si tendremos un sistema con posesión de la curul para el diputado o al partido electo y amarrar el financiamiento de campaña, así como mejorar las sanciones que el Tribunal Supremo Electoral puede implementar. Sin esa parte, la propuesta cae en las mismas manos sucias que han provocado la crisis.

Ahora bien, si lo que la gente que pide Asamblea Nacional Constituyente, lo que quiere es desconocer a las autoridades actuales y promulgar una nueva Constitución, sin atender la actual, estamos ante un delito de rebelión y sedición. Un Golpe de Estado.

Mario E. Archila M. 

Cambios en normas, cambian incentivos

Estamos en una colorida fiesta. Hay bulla, música, tragos y pleitos. Eso es lo que nos deja el caso de La Línea en la SAT. El antejuicio de la Vicepresidenta en manos del Congreso. El Presidente que se hace bolas al tratar de dar declaraciones. El Ministro de Gobernación que esboza declaraciones cuasirebuznantes por no saber ni qué.

Ahora, bien, ¿qué pasó? Una descomposición del sistema jurídico por andar empujando cosas que con Derecho tienen poco que ver.

Desde su promulgación en 1991, el Código Tributario le ha resultado incómodo a los gobernantes. Lo mismo que les resulta incómodo tener un artículo 239 en la Constitución y un 243 con un principio de prohibición a la confiscación. Esos cuerpos legales están, precisamente, para hacer incómoda al gobernante la tarea de cobrar impuestos. Evidentemente para eso son. Las Constituciones son para limitar el poder. La ley es para limitar el ejercicio del poder. Una vez dicho esto, claro está que les resulta incómodo. Ya lo decía Lord Acton: «Con poder absoluto, hasta a un burro le resulta fácil gobernar».

Tenemos luego las incursiones de trasnochados activistas «pro» algo, que pretenden que el cobro de impuestos debe ser un juego de «usted pague y no alegue». Señorones éstos que se juntan a tomar, supongo que café, con trasnochados gobernantes y políticos a quienes se les ponen de «$» los ojitos, pensando que podrán cobrar y cobrar, para gastar y gastar y quedarse con su tajadita de por medio.

Esta última parte responde a la perversión del rol del gobierno en la vida de los ciudadanos. Imaginemos que se buscó atar de manos a los gobernantes de la antigüedad para que dejaran a «su pueblo» en paz; en la Edad Media, se levantan grandes revoluciones para limitar el poder del Rey y sacarlo de la vida privada, pero en pleno siglo XX y XXI, empezamos a transferir toda la responsabilidad de nuestro presente, de nuestra salud, de nuestra educación, de nuestras decisiones personales, de nuestras relaciones de pareja, de cuántos hijos tener, de cómo y dónde vivir, a los gobernantes… Regresamos al punto de partida. La consecuencia, que se use el erario público para quedarse con un «poquito».

Por ello es que esas ideas cuadran. Y así se hacen modificaciones anuales al Código Tributario, no para hacer rigurosa la aplicación de la fuerza pública en el cobro de impuestos, sino debilitar la posición de los contribuyentes frente a ese ejercicio de poder. En SAT, se establecen metas de rendimiento que van por cuánto dinero cobran y cuantos ajustes formulan, no por cuanto dinero cobran «correctamente» ni cuantos ajustes ganan en tribunales. Se crea un incentivo institucional hecho para pervertir el sistema y la conducta de los colabores de SAT. El bueno -moralmente- tratará de pasarla en el sistema sin violentar su consciencia. El otro, será la manzana envenenada que buscará su beneficio a costas del contribuyente, de las mafias, de los gobernantes. Como el caso de vehículos en SAT y la Línea, en Aduanas.

Para no extenderme tanto, uno de los problemas mayores, por ejemplo, que permite el contubernio entre funcionarios de SAT y contribuyentes -sean mafiosos o extorsionados- es la reforma contenida en el Decreto 4-2012 que elimina, en el recurso de revocatoria, la intervención de la Procuraduría General de la Nación.

La participación de la PGN tenía un doble sentido:

1. Es el representante del Estado. El Estado es, finalmente, el acreedor de los tributos, así que su participación es importante, principalmente, si se está dando la razón al contribuyente.

2. Elimina, aunque sea en teoría, el monopolio de la decisión. Este es un elemento deseable para reducir la posibilidad de corrupción. Al tener que informar del transcurso del expediente a un órgano distinto al principal, la posibilidad de hacer actos de corrupción entre el contribuyente y SAT se reducen.

Adicionalmente, el Decreto 10-2012 también introdujo la Ley Nacional de Aduanas. Una ley que causaba fuertes incentivos para la corrupción, pues reinsertaba otro elemento básico para aumentar dicha corrupción: discrecionalidad. La Aduana se convertía en un órgano con amplios poderes discrecionales y monopolios, pues sólo por allí puedo pasar mi mercancía legalmente…

Es así que si queremos arreglar la corrupción en el país debemos:

1. Eliminar discrecionalidad.

2. Eliminar monopolios (permisos, pasos, licencias).

3. Dispersar la responsabilidad de las decisiones.

4. Crear mecanismos de rendición de cuentas.

5. Limitar funciones a ser ejercidas por los órganos gubernamentales y prohibir las que salgan de esas encomendadas.

Por allí va el reto.

Mario E. Archila M. 

Seminario: Impuestos con propósito

SAM_5536El año pasado, Archila & Asociados cumplió 50 años, por lo que celebramos organizando un seminario del Impuesto Sobre la Renta. Este año, el club Rotario Las Américas celebra 20 años y el rotarismo celebra 90 años de existir en Guatemala.

Para celebrar, le donamos al club un seminario y ya están abiertas las inscripciones. El dinero servirá para las obras del club, que incluyen una jornada médica, ayudas a obras como Fundal, el Invegem, el Hospicio San José y Funjesús.

Q350.00 de donación al Club Rotario Las Américas le dará espacio y café con galletas para aprender o profundizar en:

  1. El análisis moral de los impuestos
  2. Las obligaciones formales a cumplir en el ISR
    1. Contribuyentes «normales»
    2. Contribuyentes especiales
  3. Retenciones
    1. Quiénes las realizan
    2. Cómo se calculan
    3. Declaraciones
  4. Gastos deducibles
    1. Requisitos para deducir un gasto
    2. Se le entregará una matriz de requisitos
  5. Pasos de una auditoría de SAT
    1. Requerimientos de información
    2. Plazos a tener en cuenta
    3. Duración del proceso
    4. Medios de defensa

El seminario se llevará a cabo en el Tikal Futura Hotel, en sus auditorios, créame que son «una nave», el 20 de mayo de 8-12. Incluye coffee break.

El club Rotario Las Américas cuenta con solvencia fiscal, por lo que su donación es deducible del ISR, tanto como persona individual o como sociedad. Inscríbase con Ingrid Martínez del Club Rotario LAS AMÉRICAS al Cel. 4893 8628 o, como siempre, con nosotros, llamando a Doris al 23788484.

Los espero por allí…

Mario E. Archila M. 

Carta Abierta al Presidente: Mejorar el sistema tributario

Señor Presidente,

Einstein decía que no puede resolverse un problema usando el mismo nivel de energía que se usó para crearlo. Es así que, disculpe señor Presidente, su comisión para mejorar SAT y la recaudación es un callejón sin salida.

¿Quién estuvo en la creación de SAT? ¿Cómo se le ocurre que 3 exministros de Finanzas van a resolver un problema que ya tuvieron en sus manos? ¿Cómo es posible que lleve a la comisión a quien dirigió la redacción de las leyes que precisamente hoy son las que nos tienen peor que en 1991? No es nada personal contra ellos, ya que sus ideas quizás los hicieron pensar que podían mejorar las cosas. Seguro estoy que la exMinistra de Finanzas que está en dicha comisión ha sido honorable en el cargo, a punto de haber renunciado y según sé, porque se le pedía realizar actos reñidos con la moral.

Para resolver el problema de recaudación hay que pensar como Letonia en 1994; como Hong Kong en 2004; como Korea del Sur en 1950 o como Texas en 1800. No es «haciendo» sino destruyendo lo que durante 60 años se ha hecho en materia tributaria. Destruir facultades de SAT que rayan en lo abusivo.

La corrupción no es más que la suma de:

MONOPOLIO en autorizar, gestionar o permitir.

DISCRECIONALIDAD en el uso del poder

restando luego LA RENDICIÓN DE CUENTAS.

En otras palabras, la corrupción es más si hay más monopolio estatal, si hay más discrecionalidad estatal y poca o nula rendición de cuentas a nosotros. Sus verdaderos «jefes», ahora simples expropiados.

Así que la corrupción es una reacción a la propia legislación, a la falta de coordinación entre el cobro de impuestos y el uso dado al dinero; a la falta de confianza en gente que ostenta los cargos públicos.

Tenemos un país con 4.5 millones de personas que son invisibles a SAT. Una aduana que es más porosa que un cedazo viejo y no por defraudar Derechos Arancelarios, que es aproximadamente 4% en promedio. No nos hagamos tarugos. El negocio de aduanas es el IVA en la Aduana, para luego defraudar IVA doméstico, ISR y alimentar el mercado informal… que si bien, es una salida racional clara por las aberraciones legislativas que impiden al ciudadano cumplir sus sueños y satisfacer sus necesidades. El primer punto a resolver es para qué usan el dinero. En estos tres años sólo hemos visto despilfarro, mentiras, engaños, mordidas, abusos… ¿Así que quién es el culpable del embrollo?

Los impuestos son herramientas. Así que la moralidad de los impuestos se juzga por la forma en que se usan.

¿Quién usa los impuestos? Evidentemente el que los usa es el gobierno. El ciudadano es contra quien los usa.

  1. Los impuestos son herramientas, moralmente neutrales, como todas las herramientas.
    Los gobiernos las usan para financiar el costo de las funciones que se les encomiendan.

    1. Proteger esa “dignidad” de cada uno.
  2. La moralidad de los impuestos está en el uso, no en el que los paga.

Es así que hay que hacer que exista concordancia entre los fines del gobernante con los fines de los ciudadanos. Cuando lo que tenemos es un mal uso de los recursos, como:

  1. Desatender las razones para las que “pidió el dinero”
  2. Utilizar el dinero para ir contra la propia ciudadanía
  3. Para fines personales del gobernante… el resultado será siempre que no pagará la gente.

El sistema hay que cambiarlo para que permita que cada uno de nosotros logre sus fines propios sin pasar sobre los demás, con un aparato de gobierno que garantice esas condiciones:

  1. Sistema de impuestos sencillo en su pago y cumplimiento. Sin burocracia. Con criterios claros y firmes en el tiempo.
  2. Sistema de impuestos que sea “neutral”. Sin beneficiar a unos, sin encarecer satisfactores y sin perjudicar a otros. No como lo que tenemos, que a leguas se mira que está diseñado para beneficiar a unos pocos y mantener pobres al resto.
  3. Sistema de impuestos amarrado a fines concretos aprobados por los ciudadanos.
  4. Sistema de impuestos con cláusula de escape para el ciudadano. Este punto es el que seguro, ni el presidente, ni sus asesores, ni sus funcionarios quieren, pues viven de usar nuestro dinero para SUS fines, sin querer rendir cuentas… Un sistema en el que los ciudadanos podamos dejar de pagar si los puntos 1 al 3 no se cumplen. Que requiera de consultas populares para aprobar el presupuesto y el financiamiento del mismo. Así vamos sacando los parásitos del gobierno y empezamos a verlos hacer aquello para lo que se supone los elegimos… PARA SERVIRNOS.

Mario E. Archila M. 

¿Qué está mal en SAT?

Se puede decir que todo, pues es muy poco lo rescatable. 

Entremos en algunos puntos específicos de lo que no hace que funcione bien:

  1. El directorio dejó de ser un ente técnico. Su labor de controlar los criterios aplicados por la administración se pervirtió en la última reforma, cuando se le hace partícipe de la recaudación y sus puestos ya no responden a evaluaciones técnicas, sino a las metas de recaudación. 
  2. El ministro de finanzas no puede presidir el directorio si se quiere autonomía. 
  3. El presidente no puede tener la posibilidad de remover al superintendente. Mucho menos, de ordenarle. El Directorio es quien debería tener esas facultades. 
  4. La legislación es oscura y ambigua. Esto fomenta la corrupción institucional. 
  5. La penalización y criminalización del derecho tributario es una oportunidad grande para corromper. 
  6. La falta de criterios de administrativos firmes y claros impide un cumplimiento sano de las obligaciones tributarias. 
  7. La existencia de un sistema tributario complicado fomenta la informalidad y los sectores ilegales de la economía.  

Con eso los dejo para empezar a reflexionar sobre el tema tributario. 
Mario E. Archila M. 

Charla en TEDxGuatemalaCity 2015

Esta noticia me llena de felicidad… espero que se las logre contagiar. Tendremos un nuevo TEDxGuatemalaCity. En esta edición 2015, vuelvo a participar como lo hice en el primer TEDxGuatemalaCity.

El tema: Los Impuestos: El Camino al Infierno.

Alguna modificación tendré que hacer al tema, pues con el destape del asunto de la SAT y el caso de «La línea», hay que incluirlo en el mix.

El evento es de 2 días… Me toca el sábado 25 después del coffee break, pero está muy bueno el mix de conferencistas y temas…

Los espero. Teatro del IGA; sábado por la tarde y domingo todo el día.

Acá el programa tentativo:

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Se puede inscribir acá: http://tedxguatemalacity.com/futuroposible/

Los intereses en el 10-2012

El 10-2012 es, a mi parecer, un rotundo error de planteamiento desde la perspectiva filosófica y económica. Sabemos que es en él se incorpora un «nuevo» Impuesto Sobre la Renta, entre otras 6 cosas… Si bien, no hay mucha novedad positiva, sí hay una novedad de regulaciones que hacen cumplir con la «tramitología» del impuesto, una tortura. Es decir, aumenta el costo de cumplir. Es así que el Libro I del mentado decreto 10-2012 no es, en el fondo, más que un maquillaje que quiso favorecer a la Administración Tributaria y el Fisco con incorporación de reformas que hacen de complicado a imposible que un gasto sea deducible. Una daga por la espalda.

Dentro del «maquillaje», se incorporaron reformas a la redacción de ciertos requisitos para los costos deducibles. Uno de ellos, los «intereses».

¿A qué me refiero? Comparemos los párrafos que contenían la deducibilidad de los intereses:

«ARTICULO 38. Renta Imponible en el régimen optativo previsto en el artículo 72 de esta ley.

Los contribuyentes del impuesto que opten por el régimen establecido en el artículo 72 de esta ley, deberán determinar su renta imponible, deduciendo de su renta bruta, solo los costos y gastos necesarios para producir o conservar la fuente productora de las rentas gravadas, sumando los costos y gastos no deducibles y restando sus rentas exentas. Se consideran costos y gastos necesarios para producir o conservar la fuente productora de rentas gravadas los siguientes:

m) Los intereses sobre créditos y los gastos financieros directamente vinculados con tales créditos, obtenidos en instituciones bancarias, financieras y demás instituciones legalmente autorizadas para operar como tales en el país y que se encuentren sujetas a la vigilancia y supervisión de la Superintendencia de Bancos; los intereses y gastos financieros directamente vinculados con las ofertas públicas de títulos valores inscritos en el Registro del Mercado de Valores y Mercancías; los intereses sobre créditos y los gastos financieros directamente vinculados con tales créditos, obtenidos en Cooperativas de Ahorro y Crédito legalmente constituidas, así como los intereses sobre créditos y gastos financieros directamente vinculados con tales créditos, obtenidos de instituciones bancarias y financieras domiciliadas en el exterior, en todos los casos siempre que dichos créditos sean destinados para la producción de rentas gravadas. El monto deducible por concepto de intereses no podrá exceder al que corresponda a las tasas de interés que aplique la Administración Tributaria a las obligaciones de los contribuyentes caídos en mora.

No constituyen gastos deducibles los intereses que se paguen o acrediten a personas individuales o jurídicas que no se encuentren incluidas en el párrafo anterior. Se exceptúan los intereses que las instituciones bancarias, financieras y demás instituciones legalmente autorizadas para operar como tales en el país y que se encuentren sujetas a la vigilancia y supervisión de la Superintendencia de Bancos y las Cooperativas de Ahorro y Crédito legalmente constituidas, paguen a sus cuenta-habientes e inversionistas, así como los intereses que se paguen a los inversionistas de títulos valores inscritos en el Mercado de Valores y Mercancías, los cuales sí constituyen gastos deducibles.»

El Decreto 26-92 del Congreso establecía que eran «deducibles» «los intereses sobre créditos y gastos financieros directamente vinculados con tales créditos…»:

  1. Obtenidos de instituciones bancarias (y demás) legalmente autorizadas para operar en el país, que se encuentren sujetas a la vigilancia y supervisión de la Superintendencia de Bancos;
  2. Los vinculados con las ofertas públicas de títulos valores inscritos en el Registro del Mercado de Valores y Mercancías;
  3. Los obtenidos en Cooperativas de Ahorro y Crédito legalmente constituidas;
  4. Los obtenidos de instituciones bancarias y financieras domiciliadas en el exterior, en todos los casos siempre que dichos créditos sean destinados para la producción de rentas gravadas;

en todos los casos siempre que dichos créditos sean destinados para la producción de rentas gravadas.

Es así que los intereses deben ser por créditos que sean destinados a la producción de rentas gravadas y obtenidos de esas 4 fuentes descritas. Si no está vinculado «EL CRÉDITO» a PRODUCIR rentas gravadas, no es deducible. Esto quiere decir que el dinero del préstamo se usó para PRODUCIR RENTA

¿Qué cambió?

El artículo 21 del Decreto 10-2012 dice lo siguiente:

«ARTICULO 21. Costos y gastos deducibles.

Se consideran costos y gastos deducibles, siempre que sean útiles, necesarios, pertinentes o indispensables para producir o conservar la fuente productora de rentas gravadas, los siguientes:

16. Los intereses, los diferenciales de precios, cargos por financiamiento o rendimientos que se paguen derivado de: i) instrumentos financieros; ii) la apertura de crédito, el crédito documentario o los préstamos de dinero; iii) la emisión de títulos de crédito; iv) operaciones de reporto; v) el arrendamiento financiero; el factoraje, la titularización de activos o cualquier tipo de operaciones de crédito o de financiamiento. Todos los intereses para ser deducibles deben originarse de operaciones que generen renta gravada al contribuyente y su deducción se establece de acuerdo al artículo referente a la limitación de la deducción de intereses establecida en este libro.»

La variación está en el origen del dinero para pagar los intereses. Acá ya no se requiere que el dinero del crédito se haya utilizado en producir renta, sino que el dinero para PAGAR LOS INTERESES PROVENGA DE OPERACIONES QUE GENEREN RENTA GRAVADA. El uso del dinero del crédito ya no es requisito. Vea que no hay norma alguna que indique nada sobre el uso del crédito…

¿Le parece sorprendente?

 

Mario E. Archila M. 

Invitación al Seminario «Documentos del ISR»

Milagrosamente, SAT no hace más ajustes sostenibles en tribunales. SAT gana un poco menos del 20 % de los casos… Claro, en materia de impuestos no hay milagros, simplemente conocimiento o ignorancia.

El conocimiento, su prevención

El conocimiento es la mejor arma frente al abuso. La prevención, la mejor estrategia financiera. Regálele el conocimiento a su contador, auditor, asesor legal corporativo y gerentes…

Este año 2015 toca que se aplique plenamente el decreto 10-2012 en cuanto al Impuesto Sobre la Renta que contiene. Ya en 2014 empezaron a fiscalizar el año 2013, por lo que quienes sean fiscalizados este año -y en adelante- lo serán bajo esta normativa.

Desgraciadamente, la ley tiene vicios en cuanto a su técnica, redacción y fundamentación filosófica. Otro elemento negativo, desde la perspectiva de costo de cumplimiento, es la falta de criterios judiciales que iluminen la aplicación de las nuevas normas. Eso tardará unos 8 años en llegar…

Sin embargo, debemos imaginar que los criterios legales serán, siempre, los que prevalezcan y deben ser utilizados en la resolución de las dudas tributarias… De eso trata este seminario.

Mientras tanto, podemos interpretar las normas legales y prepararnos lo más apegado a criterios jurisdiccionales análogos basados en normas de las anteriores leyes del ISR, doctrina de las ramas del derecho que ilustran sobre las instituciones a que se refieren las normas legales-tributarias, atendiendo a precedentes.

Contenido

Hay 10 documentos o “grupos” de documentos necesarios para que un gasto sea deducible. Hay 2 requisitos adicionales. Hay 29 gastos deducibles. Hay 19 tipos de gastos definidos como “no deducibles”. Vamos a agrupar cada gasto según su grupo de documentación necesaria.

Para establecer si un gasto es deducible:

  1. Debe estar en definido como gasto deducible;
  2. Debe cumplir con los requisitos para la deducibilidad:
    1. De fondo
    2. De forma
  3. Debe cumplir con la documentación para que el gasto sea deducible.
  4. No debe estar en el listado de gastos no deducibles.

Del seminario

4 horas efectivas. De la ley al documento al requerimiento de información. Todo en un sólo seminario.
18 de marzo de 2015 de 8 am a 12:30pm, Auditorio Cancuen del Grand Tikal Futura Hotel.
Inversión: Q750.00; cupo limitado.

Grupos de 3 ó más: Q560.00 por persona.
Reserve al 23788484. Doris le dará las instrucciones para el pago.

Lo espero.

Mario E. Archila M.