Tengo un montón de cosas más importantes, en mi vida, pero esto es importante para el país.
La famosa ley de extinción del dominio, como dice LuisFi, es una «wizachada». Ni modo. Quiere leer la ley. Vaya al sitio del Congreso. Acá está el link: http://www.congreso.gob.gt/archivos/iniciativas/registro4021.pdf
Eso es claro para los que entendemos un poquito de «debido proceso», «protección constitucional», «presunción de inocencia» y demás.
No es una cosa de persigamos a los malos y hagamos todo lo malo que podamos con ellos. ¡No! Es una cosa de principios.
En este blog he discutido sobre cuáles son los orígenes de ciertos principios y su aplicación en el derecho Tributario. El Constitucionalismo entero es el resultado de una lucha de siglos por limitar y determinar el límite al ejercicio del poder.
¿Sabe cómo se hace la mejor langosta? Se toma viva y se calienta el agua, hasta que esté cocida. Aderece a su gusto el agua, antes de calentar. De la misma manera se pierde la libertad y el límite que tantos siglos ha costado.
Las cosas no tienen derechos. Siempre las tienen las personas.
Esta ley pretende que las cosas tengan la «sanción», no «las personas», quienes seguirán siendo «inocentes». ¡Hágame el favor!
Si le quitan su casa porque dicen que la cosa es «presuntamente de origen ilícita», hace que usted sea «sancionado», sin juicio. Si no, ¿explíqueme cómo le quitaron algo que es suyo, sin haberlo condenado? ¿Qué pasa si resulta que usted es inocente dentro de cuatro años? Esto es la zanahoria para aderezar la langosta.
Acá está la cebolla: Es imposible pensar que las «cosas» tengan derechos. Pregúntele a su computadora si firmó con usted un contrato de servicios profesionales, si siente apropiada la compensación… Es «SU computadora».
Mire el ajo y albahaca: Se pierde el derecho de propiedad sobre bienes «de procedencia lícita, pero que hayan sido utilizados o destinados a ocultar o mezclar bienes de ilícita procedencia»… lo que quiere decir que si usted tiene locales comerciales o una casa y la da en «arrendamiento» a alguien, que resulta que lo acusan de los delitos que están allí, le quitan su casa o local.
Mariano Rayo me dirá: «Es que hay un procedimiento», pero son babosadas, disculpen, porque la Constitución dice claramente que nadie es culpable, mientras no se haya probado lo contrario en un tribunal (principio formal) y para ello debe ser citado, oído y vencido (principio material). El procedimiento expedito y con apelación -ahora- en 48 horas, es ridícula, pues busque y prepare su prueba en 48 horas, cuando no ha sido citado más que para que le informen que su casa ya no es suya. Y es más, le informen al delincuente presunto que vivía allí, cuando va camino al preventivo.
El debido proceso material implica, definitivamente, que usted y sus cosas, son inocentes, hasta que les prueben lo contrario, no «independientemente» de la sentencia penal. Allí le va el cilantro.
Un poco de picante, le recomiendo chiltepe o chile piquín: mientras se discute, vea usted dónde vive, porque los bienes ya están en poder del Estado. El Fiscal, no el juez, llevan el procedimiento y el juez, sólo lo «aprueba». Usted puede alegar, pero no le dan los bienes. Es decir que usted es culpable desde el inicio. «No es la cosa», gritan en el Congreso… Así como muchas otras cosas que no entienden.
Esto es cuestión de principios. Lo que tiene plumas, camina como pato y hace «cuac cuac» sin producir eco, es un PATO.
Sirva en un plato con salsa de mantequilla, adornado con perejil colocho.
Cambiarle el contenido a las palabras es algo de lo que aquella novela de George Orwell se encargó de explicarnos llevaría a la sociedad a un régimen totalitario sin salida.
Además, si leyó la noticia de arriba, resulta que a puerta cerrada lo que los congresistas quieren es que a los funcionarios no les aplique la «presunción de culpa»… Es el poquito de sal que nos faltaba.
La langosta perfecta. ¿No cree?
Mario E. Archila
Un comentario en “Haga una rica langosta: ley de extinción de dominio”