Tristemente estamos en un país en las que los funcionarios se lavan las manos de sus propios errores y lo tratan de trasladar al ciudadano.
Así el caso de las declaraciones sobre el «hoyo fiscal» que habrá «ahora», gracias a las acciones de inconstitucionalidad planteadas contra la reforma tributaria. 900 y pico de millones de «faltante».
Veamos primero que el año pasado se aprobó un presupuesto que tenía un plan de gastos Q66 millones 985 mil, aprobado por el Legislativo el pasado 23 de octubre de urgencia nacional con el voto de 105 de 158 diputados. Eso era, ya, Q7 mil 430 millones más que el presupuesto 2012. Sin embargo, contempló ingresos tributarios por Q50 mil 375 millones. El resto vendría financiado por deuda.
Desde el año pasado se le hizo ver al gobierno, por distintos medios, columnas de opinión, entrevistas a profesionales de la tributación, conferencias, reuniones y mesas técnicas, que la tan mentada «Reforma Tributaria» estaba tan mal estructurada, que causaría que mucha gente migrara de la formalidad a la informalidad y los ataques directos a incentivos de la clase media para pagar tributos haría que la recaudación en general descendiera. Predicción cumplida.
Los 900 y tantos millones no son causa de las acciones de inconstitucionalidad, sino del descalabro en el manejo de las finanzas y la legislación tributaria atropellante que se aprobó, precipitadamente, en febrero y marzo del año pasado.
1. Se suspende la simulación fiscal: esto repercute en las facultades fiscalizadoras «penales», porque la simulación con carácter civil siempre ha estado disponible para SAT. Otra cosa es que no la sepan usar.
2. Se suspende la solvencia fiscal: que no es más que un certificado de estar al día. Claro, las declaraciones de ciertos funcionarios de SAT deja ver que la intención es coaccionar al contribuyente para que pague lo que no debe, pero no afecta las determinaciones tributarias legales de los contribuyentes.
3. Cierre preventivo de establecimiento: esta medida no aumenta la recaudación. Cerrar un establecimiento baja la recaudación. La idea es que se cierre preventivamente a los informales. Ellos, de por sí, ya no tributan. El cierre sancionatorio, sigue vigente.
4. Suspende la Corte dos artículos, 5 ISR y 16 «A» IVA, que son facultades para fiscalizar, no para cobrar.
5. Ganancia de Capital por revaluación de activos: acá el caso es que resultaba especulativo y el verdadero efecto de colocar el impuesto es que nadie revalúa y por miedo a lavado de dinero, nadie vende. ¿Qué se logra? No hay sector inmobiliario activo.
Se ve pues que no es cierto que las impugnaciones bajaron la recaudación. Las leyes nuevas bajaron la recaudación al colocar incentivos negativos para el contribuyente formal.
Mario E. Archila M.
Interesantes los comentarios Lic. Mario Archila. Saludos.