El 31 de mayo de 2012 Este mes hemos preparado como tema la Ley de Extinción de Dominio y sus efectos en los negocios usuales. El 31 de mayo (jueves) a las 7am al Camino Real venga y cómo se aplica la dichosa ley. Llame al 23788484 e inscríbase con Doris. Q750 más IVA el primer participante de su empresa, Q200 más IVA los siguientes participantes de su grupo. Recuerde que tiene que hacernos retención, así que deberá pagar anticipadamente. Cupo limitado. Y puede venir a pagar con tarjeta de crédito.
Esta ley no es una ley para “el crimen organizado”. Realmente es una ley que organiza criminalizar a todos. Sí, usted y yo. El vecino y el narco. El santo y el soñador. Todos estamos bajo la amenaza de ya no ser los dueños de nuestro patrimonio.
Burke bien decía que lo único que los buenos tienen que hacer para que los malos reinen es callar. Acá es “no saber”.
Por ello preparamos el desayuno en el Camino Real con el fin de lograr que usted conozca la ley, los supuestos y el procedimiento de aplicación de esta legislación que ya ha reportado ingresos al Estado.
Una ley que tiene 76 artículos y se nos vendió como ley “contra el narcotráfico y el crimen organizado”. No obstante, se aplica a “acciones u omisiones tipificadas como delitos, cometidos por la delincuencia común o la organizada siguientes:” narcoactividad, lavado de dinero, tráfico de personas, financiamiento al terrorismo, peculado y malvesación, falsificación de dinero, defraudación y contrabando aduanero, asociación ilícita, conspiración, comercialización de vehículos robados, adulteración de medicamentos y similares y es nula de origen la creación de cualquier patrimonio sabiendo el origen “ilícito” o debiendo presumirse dicho origen ilícito.
Es así que cualquier negocio que usted realice con alguien que pueda ser acusado de alguno de dichos delitos puede dar lugar a la aplicación de la ley, contra usted, ya que se aplica cuando el bien o los bienes provengan directa o indirectamente de una actividad calificada como ilícita.
Que no lo sorprendan.
Mario E. Archila M.