Ha surgido un problema «político» en Guatemala. Se busca la elección del nuevo Fiscal General de la Nación. Hace un año se apoyó socialmente una ley para «regular» cómo las comisiones de postulación que manda la Constitución debían elegir a los candidatos. La ley vino en un momento de crisis «institucional» debido al famoso vídeo de Rodrigo Rosenberg.
Ahora el jefe de CICIG, Carlos Castresana, dijo:“No atendieron nada; han respetado las formas para defraudar el fondo. Han producido un resultado contrario no sólo al que quiere la ley, sino la Constitución”, reprochó Castresana, quien dijo que tras el escándalo en las postuladoras de magistrados de la Corte Suprema de Justicia, así como del Instituto de la Defensa Pública Penal, “quisimos ser lo más respetuosos posibles con la institucionalidad y, digamos, que les dimos un voto de confianza”. El Editorial del mismo Siglo XXI que publicó las declaraciones citadas arriba, trató el tema. Dicho Editorial coincide en que «Un proceso que en sí es deficiente, podía funcionar si ellos se comprometían con la Constitución y con los intereses generales, pero claramente sólo sirven a los intereses de quienes los han mandado ahí«.
Denota tal proceso un problema de fondo. El problema del Ministerio Público no es de estructura, no es de gente… Es de principios…
La elección del fiscal poco incidirá en la gestión de la institución, por la simple razón que el sistema jurídico alrededor del Ministerio Público no se resuelve con una figura «mesiánica» que resolverá los 17 asesinatos diarios o las bandas de crimen organizado infiltradas a todo nivel. El problema es de la totalidad de dicho sistema jurídico.
Vale describir que el sistema jurídico que impera es uno que requiere que el 100% de los involucrados, gobernados y gobernantes, sean inmaculados, limpios y libres de pecado, para que el mismo presente resultados positivos. Una sola persona íntegra, correcta y moral, no tiene ninguna capacidad de mover dicho aparato de manera positiva. El sistema descansa en antivalores, por lo que únicamente funciona a la perfección con personas que operan desde dicha oscura perspectiva.
El sistema completa recompensa a quien es irresponsable, por ello otorga extensas facultades a los gobernantes para que suplan las deficiencias de actividad de los gobernados: si lo hiciste mal, te compenso; si no lo haces te compenso; si lo haces bien, te cargo. El sistema completo recompensa la forma sobre la sustancia: si tienes la razón, requieres un formalismo para hacerla cumplir; si eres dueño, el usurpador goza de la propiedad mientras la formalidad transcurre por el tiempo; la razonabilidad no existe dentro del sistema que opera sobre «blanco y negro». El sistema completo recompensa la falta de honestidad y honorabilidad: ser exitoso en parámetros «occidentales» es calificado de manera negativa; ser «astuto» es «toda la onda», como dirán los jóvenes. El sistema completo se basa en el incumplimiento: llegue usted a la hora en punto a una reunión y verá cómo ni los meseros están listos para recibirlo. El sistema completo se basa en «salirse con la suya», no en los «derechos que me corresponden». Hablo acá de dos tipos de sistemas que coexisten: el sistema social -el ethos- y el sistema jurídico -leyes positivas-.
El sistema social es el que precede al sistema jurídico. Se basa en lo que la población -típicamente una élite intelectual, económica, religiosa y militar- considera bueno. Esto se filtra en el resto de la población. Así se crean las leyes positivas del sistema jurídico. Se crean con la «idiosincracia básica» de dichas élites. En Guatemala, dicha imagen deseada es incorrecta. El sistema jurídico se basa en seres humanos inmaculados. Basta con entender que el ser humano, por naturaleza, tiende al mal y por tanto requiere de normas sociales, morales y jurídicas, que delimiten su actuación.
Históricamente, cuando las normas religiosas eran creídas de corazón, los sistemas políticos y jurídicos cambiaron para adecuarse a ellos, pues la población dejaba de obedecer dichas normas jurídicas. Así la Europa «medieval» saltó a la prosperidad por cambios en el paradigma religioso. Tal cambio fue tan profundo en el corazón de las personas que huyeron de las jurisdicciones que consideraban con «leyes incorrectas» para luego fundar un sistema jurídico que partiera de dichos principios religiosos: Estados Unidos. Le recomiendo que lea el Acta de Independencia de los Estados Unidos de América. Lea con atención. Se sorprenderá.
El sistema jurídico guatemalteco, por su lado, parte de la imagen contraria: el ser humano se comportará de manera inmaculada… siempre y cuando sea de la élite. De allí que surge un sistema «mesiánico», incongruente, sin entendimiento de la naturaleza humana. Utilizando el ejemplo del Fiscal General como punto de partida, la aseveración que no importa quién sea electo, no pasará nada, se basa en aspectos muy puntuales de dicho sistema:
- El monopolio de la acción penal. Se parte de la premisa que el Derecho Penal afecta principalmente a la «sociedad» como un ente concreto. Se parte de la premisa que el ofendido por un delito penal no tiene la capacidad -económica, intelectual, legal, etc.- para llevar el caso a buen término. Una acción penal subsidiaria, que permitiera en primer lugar al ofendido ser el atacante y únicamente en caso de no existir tal ofendido o renunciar o solicitarlo el mismo, será labor del «Ministerio Público». El 99% de los casos podrían ser llevados a juicio, pues es sabido que la gran mayoría de lo que es perseguido, lo es, porque el ofendido se constituye como querellante adhesivo, pero acá debe convencer al fiscal y luego al juez.
- La discrecionalidad en el sistema. El fiscal a cargo del caso es quien decide si prosigue, si investiga, si hay motivos suficientes. Usualmente dicho proceso, por la naturaleza misma del sistema y sus recompensas, hará que el fiscal decida perseguir los casos que le impliquen menor cantidad de tiempo invertido y mayor certeza de la condena -no de la culpabilidad.
- La falta de prioridad del Estado al sector justicia. El Ministerio Público sufre lo que todo guatemalteco sufre al final. No hay prioridad real de las funciones de justicia del Estado. Como se parte de un sistema en el que las élites pensaron que la actividad de los gobernantes, que serían ellos, debería ser una de salvación de los ignorantes humanos que tendrían a su cargo, para elevarse como «el salvador y mesías» de Guatemala, se asignaron prioridades lejos del óptimo para crear un verdadero Estado fuerte: en el que el sector justicia es el organismo más importante. Vea la historia. Roma llegó a dominar el mundo gracias a un sistema judicial impresionante. El Derecho Romano que vale la pena estudiar no es el de la recopilación de Justiniano, sino los procesos de formación del Derecho desde la época de los reyes romanos, hasta el apogeo de la República. El paradigma era que los jueces debían resolver lo más pronto posible, la mayor cantidad de conflictos entre particulares para mantener la paz. En Guatemala, el Organismo Judicial tiene asignado 2% de presupuesto en la Constitución (Artículo 213. Presupuesto del Organismo Judicial. (Reformado). Es atribución de la Corte Suprema de Justicia formular el presupuesto del Ramo; para el efecto, se le asigna una cantidad no menor del dos por ciento del Presupuesto de Ingresos Ordinarios del Estado, que deberá entregarse a la Tesorería del Organismo Judicial cada mes en forma proporcional y anticipada por el órgano correspondiente…). Frente a otros organismos o entidades que tienen:
- Universidad de San Carlos 5% (Artículo 84. Asignación presupuestaria para la Universidad de San Carlos de Guatemala. Corresponde a la Universidad de San Carlos de Guatemala una asignación privativa no menor del cinco por ciento del Presupuesto General de Ingresos Ordinarios del Estado, debiéndose procurar un incremento presupuestal adecuado al aumento de su población estudiantil o al mejoramiento del nivel académico).
- La Superintendencia de Administración Tributaria tiene una «comisión» del 2% de lo que recauda para su operación;
- El deporte tiene una asignación de por lo menos el 3% del presupuesto (Artículo 91. Asignación presupuestaria para el deporte. Es deber del Estado el fomento y la promoción de la educación física y el deporte. Para ese efecto, se destinará una asignación privativa no menor del tres por ciento del Presupuesto General de Ingresos Ordinarios del Estado.)
Cabe entonces la pregunta, sistémicamente, ¿qué es la prioridad? En un país en el que sólo el 1% de la población llega a la Universidad, aproximadamente, 5% del presupuesto está dirigido a una de las universidades. El deporte, en un país de desnutridos, ocupa 3% del presupuesto. Pero para cubrir la justicia, se destina únicamente 2% del presupuesto al Organismo Judicial. La recaudación de impuestos tiene un presupuesto casi igual que todo un organismo del Estado.
17 asesinatos al día y 2% del presupuesto en jueces, son cifras alarmantes.
La segunda pregunta es ¿qué moral refleja un sistema así?
Imagino que es una en la que cada acción debe quedar sin consecuencia, por lo que se anula la responsabilidad de los actos. Sin responsabilidad de los actos de las personas, simplemente seguiremos viviendo en la Edad Media, mientras que las sociedades que aprendieron que cada acto tiene una consecuencia moral, social y jurídica, entraron hace más de 200 años en la Era Moderna.
¿Hasta cuándo seguiremos así?
Un comentario en “Sistema frente a cultura”