Los aviones pueden venir sin pagar

Aviones y SAT

En el artículo anterior –¿No que era delito, pues?– hablé del gran aspaviento que se armó hace años por la mala intención de recaudar con la pistola y no con la cabeza, cuando se amenazó y acusó mediaticamente de delitos a los que tenían aeronaves bajo la modalidad de «arrendamiento» y por tanto, importación temporal (que no paga impuestos de internación y nacionalización en Guatemala).

Para ampliar el contenido, pues es importante ver que la legislación aeronáutica contempla ese supuesto. Ya lo había escrito antes (Los aviones y los impuestos ) pero vale la pena repasarlo.

La ley de Aviación Civil contempla lo siguiente: «ARTICULO 49. Del arrendamiento de aeronaves. El contrato de arrendamiento de aeronave es aquel mediante el cual el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso y posesión de una aeronave determinada por cierta renta convenida, para uno o más vuelos, una distancia a recorrer u otras modalidades y para ser utilizada en una actividad específicamente aeronáutica. Este contrato debe inscribirse en el Registro Aeronáutico Nacional.»

Y esto se complementa con el artículo 41 de la misma ley que indica: «ARTICULO 41. Se considera de nacionalidad guatemalteca toda aeronave inscrita en el Registro Aeronáutico Nacional. La marca de matrícula de las aeronaves civiles consistirá en la letra T asignada a Guatemala como marca de nacionalidad y la letra G como contramarca, ambas con mayúscula seguidas de un grupo de tres letras mayúsculas del alfabeto que deberá fijarse en el exterior de la aeronave.
No se permitirá que una aeronave nacional tenga dos o más matrículas. Las aeronaves con matrícula de otro país podrán adquirir matrícula guatemalteca, previa cancelación de la matrícula anterior y el cumplimiento de los requisitos de registro establecidos en el Reglamento, así como de las obligaciones fiscales a que esté afecta.
Cualquier empresa guatemalteca podrá adquirir en arrendamiento para uso dentro y fuera del país, aeronaves propiedad de empresas extranjeras e inscribirlas en el Registro Aeronáutico por el plazo que dure el arrendamiento, adquiriendo matrícula guatemalteca provisional, sin más trámite que el cumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento y sin tener que cancelar los impuestos de importación.«

Es decir, la ley de aviación permite el otorgamiento de las matrículas TG a esas aeronaves.

Del lado aduanal-tributario, por su parte, tenemos que el RECAUCA establece: «Artículo 425. Mercancías que pueden ser objeto de importación temporal.
Podrán importarse temporalmente las mercancías comprendidas en las categorías siguientes:

n) AERONAVES ARRENDADAS A PLAZO O CON OPCIÓN DE COMPRA: Las destinadas a servicios aéreos de empresas que cuenten con un certificado de explotación o matrícula provisional otorgado por la autoridad aeronáutica del Estado Parte.»

Y agrega el artículo «Artículo 439. Aeronaves arrendadas a plazo o con opción de compra. Para efectos del literal n) del Artículo 425 de este Reglamento, el plazo estará determinado por el establecido en el contrato debidamente aprobado por la autoridad aeronáutica del Estado Parte.»

Con eso vemos claramente que TODO es legalmente permitido y en todo caso, el encauzamiento penal podría devenir de otros aspectos, no así de que es «prohibido» o es una figura «ilegal» y que la tener «matrículas TG» debe ser importación definitiva y realizarse el pago.

Es así que, como lo dije antes, es una pena que se permita que los funcionarios emitan criterios amenazantes y deformados y el miedo consuma a todos.

 

Mario E. Archila M.

Publicado por Mario E. Archila

Si bien soy abogado, siempre he tenido una pasión por los valores y la forma en que las personas toman sus decisiones. Soy catedrático y eso me ha llevado a estudiar cosas alejadas de mi profesión inicial. Un amigo dice que soy el "abogado con valores", pues paso mucho tiempo educando en cómo tomar esas decisiones de la vida, administrar correctamente el tiempo, fijarse metas y lograrlas... Espero que te ayude lo que acá encontrarás.

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