¿Hay delito en los casos recientes del reclamo de crédito fiscal?

La respuesta corta es sí. Lo importante es que no es del empresario. Eso es el punto que se pierde de vista.

La existencia del crédito fiscal es el resultado de comprar localmente o importar. Todos los que somos formales tributariamente hablando hacemos esta operación mensualmente discriminando conforme el artículo 16 de la ley del IVA qué sí y qué no creemos que genera ese crédito a favor.

Los que exportan y los que venden a personas exentas (Universidades, por ejemplo) lo que no pueden hacer es compensarse ese crédito con sus ventas. Por eso lo acumulan. Una vez acumulado, lo que queda es pedirlo de vuelta a SAT. Si vendieran localmente, no pedirían nada, simplemente se lo compensan y ya.

¿Me siguen hasta acá? Entonces al tener el crédito por cobrar al fisco, la cosa se empieza a poner complicada.

La ley del IVA original sí respetaba el derecho sobre ese dinero y le daba al fisco un plazo para realizar ajustes y denegatorias. Si no actuaba en ese plazo, el crédito fiscal se consideraba otorgado y el contribuyente lo usaba para pagar otros impuestos. Sencillo. No había los problemas de ahora. Debemos agregar que SAT siempre podía auditar ese crédito posteriormente.

Ahora bien, a algún brillante burócrata y otro más brillante diputado se le ocurrió decir que ese crédito debía ser autorizado y por tanto, SAT tendría un plazo para aprobarlo y si no, se tenía por rechazado. Con eso, el crédito fiscal empieza a dar problemas. El Fisco se apropia «legalmente» de dineros que le pertenecen al contribuyente y hace todo lo posible por no devolverlo. Lo primero que hace es no hacer nada.

Ese no hacer nada causa una enorme presa de crédito en expedientes que nunca son resueltos. Es un robo directo del lado del gobierno gracias a una modificación de ley que tergiversa un derecho.

¿Qué soluciones hay? Litigar. Eso es años y años. Dentro de las opciones de litigar está la de plantear amparos para agilizar los deberes y obligaciones de SAT. Primero se plantea para que hagan la auditoría y luego para que resuelvan.

Veáse que esos amparos son para obligar a SAT a hacer su obligación y devolverle al contribuyente su dinero. El que ya es de él. Allí ya hay delitos…

Cualquier abogado medianamente entrenado podría plantear esos amparos. De la noticia, resulta que acusan de sobornar a funcionarios de SAT para que agilicen algo «por medio de amparos». A ver… quien declara el amparo es un tribunal y eso llega hasta la Corte de Constitucionalidad y es ella la que emite el último fallo. El funcionario aludido no tiene vela en ese entierro. No es necesario pago alguno al funcionario para que el amparo prospere. Primero porque es taaaaan obvia la procedencia del mismo, que toooodooos se ganan. El delito del funcionario va antes siquiera de la presentación del amparo…

Ahora, la siguiente cosa es ¿Qué soborno se le dio? Por el contribuyente, ninguno. Es, en todo caso, preterintencionalidad, pero lo que es claro de las noticias de prensa es que los abogados aludidos tenían pacto de repartición de lo que cobraban al cliente por el amparo, con funcionarios que no tenían más opción que cumplir la sentencia. Y de las noticias leo que tampoco les devolvieron el 100% del crédito a los amparados, sino que porcentajes menores, que es lo normal, toda vez que hay una cadena de personas involucradas en las auditorías.

El delito es el incumplimiento de deberes y hasta retardo y negligencia en la función pública… pero la venta del caso a medios demuestra que hay desconocimiento de la fundamentación inicial de los reclamos de crédito.

Mientras, compénsese directamente sus créditos IVA con sus débitos IVA, que es su derecho.

Mario E. Archila M.

Publicado por Mario E. Archila

Si bien soy abogado, siempre he tenido una pasión por los valores y la forma en que las personas toman sus decisiones. Soy catedrático y eso me ha llevado a estudiar cosas alejadas de mi profesión inicial. Un amigo dice que soy el "abogado con valores", pues paso mucho tiempo educando en cómo tomar esas decisiones de la vida, administrar correctamente el tiempo, fijarse metas y lograrlas... Espero que te ayude lo que acá encontrarás.

3 comentarios sobre “¿Hay delito en los casos recientes del reclamo de crédito fiscal?

  1. Estimado Lic Estrada; como fiel seguidor de sus articulos, me permito remitirle estas pocas lineas, con respecto a la situación engorrosa de IVA crédito / débito.
    Considero, que dicha ley, aplicada a los pequeños productores agrícolas es ridícula e inoperante; gestora de múltiples actos de corrupción, y seguramente creada para tales malévolos fines. Lo que logran con dichas reglas, es propiciar que los funcionarios de turno, la interpreten a su sabor y antojo, con la consabida corrupción, imponer más trabajo a las empresas agro exportadoras, para llevar controles inmensos de largas listas de clientes, e incurrir en posibles errores en dichos manejos, y muchas otras cosas.
    No sería más sano, quitar el cobro de parte de terceros , a los pequeños productores ? Este hecho, incluso puede influir en mejores precios para esta gente. Los costos de manejo y traslado de iva, no solo son cargados a los productos , si no que nos resta competitividad en los mercados.
    Aboliendo esta ley únicamente a las operaciones de campo, a los pequeños productores, se evitaría la tentación de caer en malas practicas fiscales, y en general , se conseguiría un proceso comercial mucho más limpio y claro.
    Ignoro, si es verdad que en Mexico, es asi como se manejan dichas operaciones, pero no me extrañaria, ya que dicho país vecino, de alguna manera, va a la vanguardia en cuanto a su políticas internas y de comercio exterior.
    Incluso, usted me corregirá , entiendo que no se cobra el IVA, en los productos de la canasta básica , en procura de mejores precios para la población en general.
    Dicho esto, considero que sería muy sano, que se barajara la posibilidad de excluir las operaciones de compra de productos básicos , exportacion y consumo basico agricola, de la bendita ley del IVA. Recalco, que las operaciones comerciales, serían mas transparentes, los controles de la administración tributaria, más efectivos y en general todos los engranajes del sistema, funcionaria de mejor manera y más eficientes.
    Un saludo respetuoso, y reciba toda mi consideración.
    Rogelio Ramila M
    2441 85778 0101

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