Han salido unos malos asesores tributarios asustando a los empleados que pagan ISR por su relación de dependencia.
No es obligatorio hacer y presentar planilla del IVA. Tome en cuenta que se «ahorrará» Q600 si logra juntar Q112,000 en facturas de gastos «personales». Esto implica que su planilla estará sujeta a revisión por SAT y podrán citarle para justificar cosas que el auditor de SAT considere que no son «personales» y además que «no son razonables» respecto a sus ingresos.
De allí que, pida sus facturas y guárdelas, pero si su tiempo en hacer la planilla y luego atender las citaciones de SAT y sus cuestionamientos vale más que Q600 anuales, no la presente.
Las deducciones son un derecho. Como derecho, usted puede simplemente no usarlo. Usted puede donarle a su causa o iglesia preferida y no utilizar esa donación como gasto deducible. Usted puede hasta dejar de usar los Q48,000 anuales sin comprobación.
Su obligación es pedir facturas. No presentar planilla.
No se deje engañar. Si alguien en su empresa se la exige, hay mucho que le puede responder, pero, ¿para qué pelear con un ignorante?
Mario E. Archila M.
Excelentes comentarios, en lo personal le he ahorrado tiempo y dinero a varios asalariados, pues el costo sobrepasa el beneficio de la famosa planilla del IVA, hay que actuar con etica
Exacto. No tiene sentido decirles que es obligatorio hacer la planilla. Pueden hacerla ellos mismos si tanta es la gana, pero que sepan el costo y beneficio.
Si uno únicamente factura por honorarios profesionales a una entidad del estado sin llegar a los 10000 anuales es necesario presentar la plantilla del iva? Estando inscrito en el régimen general?
No. Para nada. Sólo para los que están en relación de dependencia.
Muchas gracias por resolver mi duda. Excelente blog.
Q excelente artículo lic. Lamentablemente hay contadores y auditores q estan brindando esta mala asesoría. Bendiciones y éxitos para este 2014. Saludos.
Enviado desde Samsung Mobile
Lic. excelente su mensaje, ahora para no quitarle mucho el tiempo, me podría aclarar qué toma la Sat como «gastos personales» y cuáles no. Hay un poco de confusión en el ambiente por esto.
Muchas Gracias
Mario Augusto Pérez C.
La pregunta del millón. Probablemente, cosas que puedan determinarse que no son de uso directo por el trabajador no serán aceptados. Por ejemplo, pañales de niño, la comida de toda la familia.